Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0461/2004-R
Fecha: 30-Mar-2004
II.8.
II.8. Por informe de 19 de noviembre de 2003 elevado a consideración del Director del SEDUCA, el Director Distrital de Educación de Tiraque indica que su autoridad desconocía en principio que la recurrente hubiera sido beneficiada con la Comisión de Estudio otorgada por el Ministerio de Educación, enterándose posteriormente que esa declaratoria fenecía el 17 de enero de 2003, sin recibir ninguna información complementaria, hasta que el 20 de octubre de 2003 llegó la solicitud de reincorporación de la demandante, respondiendo en sentido de que su solicitud de reincorporación fue aceptada, debiendo cumplir funciones en el Sub-Centro “CETHA” Shinahota (fs. 54 a 55).