Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0465/2004-R
Fecha: 31-Mar-2004
II.2.
II.2. A través de la Sentencia dictada 25 de agosto de 2003 (fs. 14 y 15), el Juez Onceavo de Partido en materia Civil y Comercial declaró improbada la demanda, improbadas las excepciones de falta de personería de los demandantes y de litispendencia, y probada la excepción de falta de fuerza ejecutiva, con costas.