SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0483/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0483/2004-R

Fecha: 31-Mar-2004

procedente

La Sentencia de 5 de diciembre de 2003, cursante de fs. 345 a 347 vta., de acuerdo con el requerimiento fiscal, declaró procedente el recurso, por ende, dispuso que las autoridades recurridas implementen en forma inmediata las políticas carcelarias para mejorar la infraestructura del recinto carcelario de Sucre, para cuyo fin deberán tramitar y disponer del presupuesto correspondiente y ejecutar las obras referidos a los servicios penitenciarios previstos en la Ley de ejecución penal y supervisión - capítulos I, II y III del Título VII-, proceder al saneamiento inmediato de los servicios higiénicos básicos, proporcionar los medios adecuados para que los internos reciban instrucción y educación, como el cumplimiento de parte del demandado Director Distrital de Régimen Penitenciario a lo establecido por los arts. 58 y 59 de la Ley de ejecución penal y supervisión (LEPS). De otra parte declaró la indemnidad de los recurrentes con referencia al caso de autos y declaró improcedente el recurso respecto al cumplimiento de las penas impuestas, con los siguientes fundamentos:

a)       A los internos de la penitenciaría local se les presta servicios de asistencia médica, odontológica, siquiátrica, psicológica, jurídica y de servicio social, con profesionales que cotidianamente cumplen sus actividades, Además aquellos intra muros estudian y trabajan para redimir las condenas impuestas.

d)       Pese a los trámites y acciones desplegadas por los recurridos, no se ha cumplido con las determinaciones contenidas en la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, en cuanto atañe al régimen penitenciario, al sistema progresivo y al tratamiento de los internos, lo que importa una conculcación a los derechos fundamentales reconocidos por el art. 7 incs. a) d) e) y k) del art. 7 de la CPE.