AUTO CONSTITUCIONAL 246/2004-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 246/2004-CA

Fecha: 26-Abr-2004

, no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 146 del antiguo Código de Procedimiento Penal.

En consecuencia,  la cuestión planteada no está dentro de los alcances del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad descrito por el Capítulo III del Título IV de la Ley del Tribunal Constitucional, con relación al art. 120.1 de la Constitución Política del Estado; puesto que la sentencia que tenga que pronunciar el juez de la causa dentro del proceso penal  instaurado contra la solicitante, no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 146 del antiguo Código de Procedimiento Penal.