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    AUTO CONSTITUCIONAL 246/2004-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 246/2004-CA

    Fecha: 26-Abr-2004

    José Armando Urioste Viera, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad-Beni,

    En revisión la Resolución de 30 de marzo de 2004 que rechaza promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, pronunciado por José Armando Urioste Viera, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad-Beni, a instancia de María Lourdes Salces Vargas, demandando la inconstitucionalidad del art. 146 del Código de Procedimiento Penal.

    • José Armando Urioste Viera, Juez Tercero de Partido en lo Civil y Comercial de Trinidad-Beni,
    • art. 146 del Código de Procedimiento Penal.
    • Fragmento 3
    • I.2. Respuesta al recurso
    • rechaza el incidente
    • cuya decisión dependa
    • (Tratamiento especial).
    • , no dependerá de la constitucionalidad o inconstitucionalidad del art. 146 del antiguo Código de Procedimiento Penal.
    • APRUEBA

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