SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2004
Fecha: 27-Abr-2004
I.1.1 Hechos que motivan el recurso
La SC 1347/2003-R de 16 de septiembre estableció que su elección como Alcalde Municipal de Warnes es nula de pleno derecho, por lo que formuló renuncia a dicho cargo y a consecuencia de ello, el Presidente y Secretaria del Concejo Municipal convocaron públicamente a una sesión para considerar su renuncia y proceder a la elección y posesión de un nuevo alcalde, recayendo ese nombramiento nuevamente en su persona, en una sesión que fue presidida por Roly Alcides Vaca Paredes debido al impedimento de Luis Fernando Antelo Salmón a raíz de la Resolución de amparo pronunciada por el Juez de Partido de Portachuelo de 14 de agosto de 2003.
Aduce que no obstante la legalidad de sus actos, el 13 de noviembre de 2003 mediante Resoluciones Municipales 32/2003 y 33/2003 de esa fecha, Luis Fernando Antelo Salmón y Carmen Padilla de Pérez, que estaban suspendidos de sus cargos y de su condición de concejales, Jorge Shiguedi Okubo que perdió su condición de Concejal en mérito a la Resolución 011/2003 de 9 de octubre, dictada por la Corte Departamental Electoral, que establece la titularidad de la Concejala Silvia Salazar de Lijerón, y los Concejales suplentes Hernán Céspedes Zubieta y Miguel Ángel Jordán cuyos titulares están en ejercicio, dispusieron la nulidad de todas sus actuaciones como Alcalde, la inhabilitación de su firma para el manejo de las cuentas de la entidad en el Banco de Crédito, la iniciación y culminación de acciones de responsabilidad civil, penal, ejecutiva y administrativa en su contra, y se solicite al Juez Instructor de Warnes la habilitación de firmas de Víctor Alex Sánchez Portillo y Ricardo Durán Paniagua como Alcalde y Oficial Mayor Técnico, resoluciones que fueron promulgadas como si tratara de ordenanzas municipales, una de las cuales vuelve a sancionar el 17 de noviembre de 2003, entrando en contradicción, puesto que la designación y el memorando de designación del Oficial Mayor Administrativo y Financiero es de 15 de noviembre de 2003.
Finaliza señalando que demostrada la ilegal actuación del ex Concejal Jorge Shiguedi Okubo Vaca, usurpando funciones y la de los demás recurridos, las Resoluciones Municipales impugnadas constituyen actos ilegales sancionados con nulidad absoluta; de esta manera -dice-, han transgredido la SC 1347/2003-R de 16 de septiembre, adecuando sus conductas en lo previsto por el art. 179 del Código penal (CP) y resistiendo lo establecido en el art. 18.V y 19.V de la CPE.
- Samuel Vaca Franco
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- admitió
- 1)
- II.1
- II.2
- iii)
- II.3
- II.4
- II.5.1
- II.6
- i)
- ii)
- II.7.1
- II.7.2
- II.7.3
- II.7.4
- II.7.5
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2.
- III.2.1
- III.2.2
- III.3
- credencial de Concejal Titular a Silvia Salazar de Lijerón
- ha usurpado funciones que no le competen