SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2004
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0043/2004

Fecha: 27-Abr-2004

III.2.1

III.2.1 En cuanto a la actuación de Carmen Padilla de Pérez, mediante RM 14/2003 de 10 de junio se ha aceptado su renuncia tácita al cargo de Concejal a tenor de lo establecido por el art. 26 de la LM, al desempeñar funciones como Directora de un establecimiento educativo; sin embargo, dicha Resolución Municipal no puede ser tenida como válida, precisamente por las mismas razones expresadas en el Fundamento III.2 de la SC 1347/2003-R de 16 de septiembre donde se establece que la elección de Samuel Vaca Franco como Alcalde de Warnes es nula de pleno derecho, puesto que al igual que en el caso presente, se evidencia que en la aprobación de la referida Resolución Municipal se incurrieron en los mismos vicios reprochados en el indicado fallo, puesto que la Resolución Municipal 14/2003 se encuentra firmada por Roly Alcides Vaca Paredes, Vicepresidente del Concejo, no habiéndose acreditado que la sesión donde se aprobó la Resolución haya sido convocada de manera pública y por escrito por el Presidente del Ente Deliberante o por el Vicepresidente ante ausencia o impedimento temporal de aquel, por lo que dicha resolución es nula de pleno derecho, al haber sido dictada en transgresión a los arts. 39.2) y 7) y 40 de la LM, consecuentemente no son atendibles los argumentos del recurrente respecto a la intervención de la indicada Concejal en la emisión de las resoluciones que impugna.