SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0513/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
(SC 205/2004-R, de 10 de febrero),
Por otra parte el derecho a una justa remuneración por el trabajo, ha sido reconocido como: “(...) la potestad que tiene toda persona a recibir una remuneración de acuerdo al tipo de trabajo desempeñado, tomando en cuenta para ello el tiempo, el profesionalismo, la experiencia demostrada y la especialidad de la función ejercida, aplicando estos parámetros para fijar el cuantum de la remuneración en casos similares”(SC 205/2004-R, de 10 de febrero), y por último tenemos que el derecho a formular peticiones es la: “(...) facultad o potestad que tiene toda persona para dirigirse, individual o colectivamente ante las autoridades o funcionarios públicos, lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución, ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho” (SC 981/01-R, de 14 de septiembre).