SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
II.3
II.3 El 8 de enero de 2004, en la audiencia llevada a cabo para considerar la apelación interpuesta por el Fiscal de Sustancias Controladas Moisés Palma contra la determinación del cese de la detención preventiva dispuesta por el Juez a quo, el abogado de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia, concurrente como abogado de Carlos Jorge Téllez, solicitó se suspenda la audiencia por no encontrarse el abogado del imputado que tiene conocimiento del antecedente y, posteriormente, pide se conceda la palabra al ahora recurrente que reiteró su solicitud de suspender la audiencia. Por Auto de Vista pronunciado en esa audiencia, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Chuquisaca declara procedente el recurso de apelación interpuesto manteniendo subsistente la resolución de 28 de noviembre pronunciada por el Juez Segundo de Instrucción en lo Penal (fs. 33 a 34)., por la que se dispone la detención preventiva del recurrente Carlos Jorge Téllez Rodríguez.