Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0531/2004-R
Fecha: 07-Abr-2004
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de amparo constitucional pronuncia resolución que declara improcedente con el fundamento de que: 1) el recurrente estuvo asistido por un abogado y al recurrente se le concedió la palabra ejerciendo este ampliamente su derecho a la defensa técnica como material; 2) por la vía del amparo no se puede ingresar a la valoración de la prueba que privativamente corresponde a los órganos jurisdiccionales; 3) el recurrente, por la vía del amparo pretende recuperar su libertad supuestamente restringida por el Auto de Vista de 8 de enero de 2004.