SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0542/2004-R
Fecha: 12-Abr-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El 10 de diciembre de 2003, se llevó a cabo la audiencia de consideración de modificación de medida cautelar que se solicitó ante la concurrencia del supuesto establecido por el art. 239 inc. 3) del Código de procedimiento penal (CPP), habiendo en dicho acto fundamentado que su representado fue detenido el 21 de febrero de 2002, por la supuesta comisión “de delito relativo a la Ley 1008, fabricación segunda parte pisa coca”; y que a la citada fecha tenía un año, 10 meses y 10 días, sin que se hubiera dictado sentencia de primera instancia, extremo que acreditó con el certificado de conducta y permanencia expedido por el Director del centro penitenciario de San Pedro, por lo que el recurrido le concedió la cesación; empero, otorgándole un trato desigual le aplicó medidas sustitutivas consistentes en fianza personal de dos garantes, arraigo, presentación periódica y fianza económica de Bs3.000.-, cuando a otros procesados sólo les aplicó fianza personal, por lo que en aplicación del art. 125 del CPP solicitó enmienda, pero el recurrido decretó que de acuerdo al art. 240 del CPP, tenía libertad de señalar las medidas necesarias, decisión con la que también ha transgredido los arts. 7 en sus numerales 2 y 3.8 del Pacto de San José de Costa Rica, 7, 221, 222 y 241 del CPP, pues su representado es de condición humilde y no tiene familia que le apoye económicamente, situación que ha motivado que sea asistido por la Defensa Pública.