Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
III.1.
III.1. Antes de ingresar al análisis del presente recurso, corresponde recordar que este Tribunal en diferentes Sentencias Constitucionales, ha establecido que “(...) por disposición de la misma Ley Fundamental, el recurso de amparo constitucional es de naturaleza subsidiaria, de manera que sólo puede otorgar tutela cuando se han utilizado, y además, agotado todos los medios y recursos que el agraviado tiene a su alcance para hacer cesar el acto ilegal u omisión indebida que le amenazan, restringen o suprimen sus derechos y garantías constitucionales”.