SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0565/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

III.3.

III.3. En el caso presente, el Gerente General de CESSA determinó la reestructuración del organigrama de esa empresa, prescindiendo de los servicios del recurrente, porque presuntamente el cargo que ocupaba iba a desaparecer. Esta determinación fue ratificada por el Directorio y por ello el recurrente interpuso amparo constitucional a fin de ser restituido en el cargo que ocupaba, empero estas pretensiones, conforme facultan las normas previstas por el Código procesal del trabajo, correspondan ser resueltas en la judicatura laboral y no así mediante la vía de amparo constitucional en consideración a que para que sea procedente este recurso debe el recurrente, acreditar haber agotado las vías ordinarias y extraordinarias que la ley le franquea para precautelar sus derechos fundamentales, puesto que el amparo constitucional, por su carácter subsidiario, no es sustitutivo de dichas vías y recursos.