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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2004-R

    Fecha: 15-Abr-2004

    a)

    a)  El Tribunal Constitucional en consideración a la característica de inmediatez del recurso de amparo constitucional, ha establecido en la SC 125/2003-R que debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses, jurisprudencia de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, conforme el art. 44.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • I.2.3. Intervención de terceros interesados
    • a)
    • b)
    • c)
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • APROBAR

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