Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0572/2004-R
Fecha: 15-Abr-2004
a)
a) El Tribunal Constitucional en consideración a la característica de inmediatez del recurso de amparo constitucional, ha establecido en la SC 125/2003-R que debe ser presentado dentro del término máximo de seis meses, jurisprudencia de carácter vinculante y de cumplimiento obligatorio, conforme el art. 44.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC).