SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0578/2004-R

Fecha: 15-Abr-2004

I.1.1.   Hechos que motivan el recurso

Acompañando testimonio de un proceso de desalojo tramitado ante el Juzgado Quinto de Instrucción en lo Civil y fotocopias de recibos de alquiler en blanco, Ángel Fernando Mariño Soliz  y Luisa Soliz Vda. de Mariño interpusieron demanda ejecutiva, la misma que radicada en el Juzgado Sexto de Instrucción en lo Civil, fue admitida, no obstante que previamente se ordenó que se cumpla con el art. 488 del CPC, por cuya razón los demandantes acompañaron los recibos de alquiler originales en blanco y sólo posteriormente, ante la observación efectuada, los recibos llenados, pero, con sumas diferentes y en forma retroactiva al año 1996, siendo así que el talonario recién adquirieron en 1998.

Citado con el Auto intimatorio de pago, él interpuso excepciones y el Juez de la causa, el 23 de octubre de 2003, dispuso que se pasen obrados a despacho a efectos de dictar la resolución; posteriormente, sin embargo, la Jueza de la causa mediante un simple proveído, sin dar cumplimiento a la conciliación, dispuso  la retención de sus haberes en un 20% .