Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2004-R
Fecha: 21-Abr-2004
I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
Los abogados del recurrente ratificaron el contenido de la demanda, y añadieron que el coactivado no fue notificado con la designación del perito de parte, ni con el decreto de admisión de perito, lesionando su derecho a la defensa, incumpliendo el juez de la causa lo dispuesto por los arts. 3 y 90 del Código de procedimiento civil (CPC), y pese haberse solicitado la nulidad de obrados, el Juez recurrido no anuló hasta el vicio principal, motivando la interposición del presente recurso, atentándose contra el derecho de propiedad, al haberse aceptado solamente al perito de la parte coactivante.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención de terceros con interés legítimo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA