SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2004-R
Fecha: 21-Abr-2004
II.2.
II.2. Mediante memorial de 19 de junio de 2001, Eulalia Guadalupe Gómez Bacarreza de Yucra adjuntando boletas de pago pidió tenga presente a los efectos legales del proceso; mereciendo el decreto de 20 de junio de 2001, que dispuso tenerse presente y sea con noticia a la parte contraria (fs. 10). Asimismo, por memorial de 16 de agosto de 2001, el representante del Banco Mercantil solicitó al juez de la causa declarar peritaje único y común a las partes y el señalamiento de remate dentro del referido proceso coactivo en la fase de ejecución de sentencia. (fs. 12); por Auto de 17 de agosto de 2001, declaró aprobado el informe pericial realizado por el Ing. Mario Alberto Panozo Vargas en toda forma declarando común a las partes (fs. 12 vta.).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención de terceros con interés legítimo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA