SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2004-R

Fecha: 21-Abr-2004

I.2.2. Informe de la autoridad recurrida

El Juez recurrido informó que dentro del proceso coactivo civil, pronunció Sentencia, con la que fueron citados y emplazados los coactivados, teniendo cinco días para poder proponer los mecanismos de defensa que la ley les otorga, como ser planteamiento de excepciones; sin embargo la coactivada, Guadalupe Eulalia Gómez Bacareza de Yucra, se apersonó al proceso adjuntando boletas de pago y pidiendo que se las tenga presente, sin hacer el planteamiento formal de una excepción, de manera que no habiendo hecho planteamiento de los mecanismos de defensa, la Sentencia quedo ejecutoriada, dando paso a la ejecución de la misma; presentando la Institución ejecutante su prueba pericial con el avalúo de los bienes inmuebles dados en garantía; notificadas que fueron las partes, no se hizo uso del recurso de la recusación del perito, razón por la cual, el informe pericial fue declarado común a las partes, dando curso a los señalamientos de remate. Ante el petitorio de nulidad de parte, éste fue resuelto desestimando la nulidad por haberse adjuntado simplemente papeletas de pago que son amortizaciones a una obligación principal. Asevera que efectuado el remate de los bienes inmuebles, estos son susceptibles del planteamiento de una nulidad por cualquier omisión o por cualquier falencia en que se hubiera incurrido, estando libre esa posibilidad como mecanismo de defensa, no siendo sustitutivo el recurso de amparo constitucional.