Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0584/2004-R
Fecha: 21-Abr-2004
I.2.3. Intervención de terceros con interés legítimo
El abogado del Banco Mercantil, tercero interesado, señaló en audiencia que el proceso coactivo civil data del mes de abril de 2000, distorsionando el espíritu de la Ley 1760, de abreviación procesal y asistencia familiar, ya que debió haber acabado máximo en un año, pero las vicisitudes y nulidades planteadas por los deudores, dilataron el proceso. Finalmente señaló que el amparo constitucional debe ser declarado improcedente por haberse planteado un recurso de apelación.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- I.2.3. Intervención de terceros con interés legítimo
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA