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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2004-R

    Fecha: 22-Abr-2004

    b)

    b)  Al haber sido reencausado el trámite y estando pendiente de agotarse la vía administrativa, no es posible ingresar al fondo el recurso, ya que el amparo no es sustitutivo de ningún recurso ordinario o extraordinario y procede siempre que no haya otro medio o recurso para la protección inmediata de los derechos y garantías.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Autoridad
    • I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
    • I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
    • a)
    • b)
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.       Dentro del trámite de expropiación, los hermanos Gonzáles se apersonaron
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.

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