Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0591/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
II.6.
II.6. En mérito al poder 592/2002 de 23 de diciembre de 2002 (fs. 150), (que no le otorga facultades para apersonarse dentro del trámite de expropiación en representación de los actores), el 4 de noviembre de 2003, el actor mostró su disconformidad con el último avalúo y presentó un informe técnico pericial que señala como valor del inmueble expropiado la suma de $US26.231,04.-, pidiendo además el pago de daños y perjuicios por $US30.000.- (fs. 134-144).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4. Dentro del trámite de expropiación, los hermanos Gonzáles se apersonaron
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.