SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0604/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
II.4.
II.4. El 18 de septiembre de 2003, el recurrente adjuntando el Certificado de Registro de Propiedad-Vehículo Automotor 49AB5U6Y-1, de 11 de septiembre de 2003, reiteró su solicitud a la indicada autoridad para que ordene la devolución del vehículo incautado (fs. 149 a 150), pero el aludido Juez, mediante Auto de 29 de septiembre de 2003, nuevamente rechazó el incidente alegando que si bien el solicitante acreditó su derecho propietario, pero no corresponde la devolución del vehículo porque aun se continúa con el proceso de investigación (fs. 155). Al haber apelado el recurrente, la Resolución emitida por el referido Juez (fs. 159 a 160), mediante Auto de Vista de 5 de noviembre de 2003, los recurridos, declararon improcedente el recurso, ratificando los fundamentos del a quo (fs. 166).