SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0604/2004-R
Fecha: 22-Abr-2004
improcedente
Concluida la audiencia, la Sala Penal Tercera de la Corte Superior de Cochabamba en ausencia del representante del Ministerio Público, declaró improcedente el recurso, con los fundamentos siguientes: a) en el caso presente, luego de la investigación se formuló acusación formal contra los imputados, Claudio Quispe Gómez y Javier Rivadineira Quispe, por la comisión del delito de tráfico de sustancias controladas, lo que implica un tácito reconocimiento a la pretensión del recurrente; empero, antes de concluir con dicha etapa el juez a quo como el tribunal ad quem, de ninguna manera podían deferir la solicitud del recurrente por cuanto la causa se encontraba en plena investigación, no pudiendo ser excluido éste como sospechoso al ser el propietario del vehículo, por ello los recurridos determinaron que debía establecer previamente si el impetrante tomó parte en la presunta comisión del delito o no, o que habiendo conocido la comisión del delito imputado, omitió denunciarlo; b) el Auto de Vista impugnado mediante este recurso habilita al recurrente para solicitar posteriormente la devolución del vehículo a la conclusión de las investigaciones.