SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0623/2004-R

Fecha: 22-Abr-2004

improcedente

Concluida la audiencia, el Tribunal de amparo pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso con el fundamento de que los actuados impugnados datan de 1997, lo que significa que hay falta de inmediatez y no se ha hecho uso de los recursos que la ley admite para hacer valer los derechos que hoy representa con relación al Auto de intimación de pago, a la sentencia y ejecución de bienes y del embargo de los mismos.

La situación planteada, en consecuencia, no se halla dentro de las previsiones y alcances del art. 19 de la CPE, por lo que el Tribunal de amparo al haber declarado improcedente el recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dado correcta aplicación al citado precepto constitucional.