Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0668/2004-R
Fecha: 04-May-2004
II.4.
II.4. Por otra parte, mediante documento privado reconocido de 20 de junio de 2002 (fs. 70-71) la recurrente otorgó en calidad de alquiler un almacén a favor de Oscar Gutiérrez Yujra y Anselma Mamani de Gutiérrez (recurrente), por el canon mensual de $US400.-, estableciendo la vigencia del contrato por un año forzoso computable desde la suscripción del mismo. Asimismo, consta que la representada del recurrente tiene cancelados los alquileres correspondientes a los meses de octubre y noviembre del 2003 (fs. 72-73).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2.2. Informe de la recurrida
- improcedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- requisitos de forma y contenido que deben observarse inexcusablemente en la presentación de todo recurso de esta naturaleza,
- que las pruebas
- III.2.
- III.3.
- REVOCAR parcialmente