Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2004-R
Fecha: 04-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que la autoridad recurrida ha vulnerado su derecho a la libertad, pues no obstante de que es Fiscal de Materia asignado a la División Menores carece de atribuciones para resolver problemas de deudas contraídas entre personas mayores procedió a su detención preventiva sin ningún mandamiento, al no haber pagado una deuda que contrajo hace más de un año y medio, lo que constituye detención indebida. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 18 de la CPE.