SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0673/2004-R

Fecha: 04-May-2004

III.2.

III.2.   El recurso de hábeas corpus, establecido en el art. 18 de la CPE ha sido instituido para proteger y garantizar la libertad por ser un derecho fundamental de la persona, cuando ésta creyere estar arbitraria, indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada o presa; precepto aplicable al caso de autos, por cuanto el Fiscal recurrido vulneró el derecho de libertad del recurrente al proceder a su detención y no ponerlo a disposición del Juez competente en el plazo de ley, sin contar para el efecto con el mandamiento intimado por escrito y librado por autoridad competente vulnerando de ese modo el art. 9 de la CPE.