SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0674/2004-R

Fecha: 04-May-2004

III.2

III.2          En el caso examinado, no han sido cumplidos tales requisitos por las recurrentes, pues por los antecedentes procesales se constata  que interponen el presente amparo constitucional impugnando el Auto de 16 de octubre de 2001, pronunciado por la Jueza de Instrucción Cuarta en lo Penal, ahora recurrida, dentro del proceso penal que les sigue el Ministerio Público por la presunta comisión de delitos relacionados con la Ley del Régimen de la Coca y Sustancias Controladas y que ordenó su detención preventiva, resolución que fue confirmada en apelación. Cuestionan también el rechazo de la extinción de la acción penal de 8 de mayo de 2002, y no obstante de tener conocimiento desde esa fecha de tal determinación, este recurso lo presentan después de dos años y tres meses de la primera Resolución y de un año y 8 meses de la segunda desnaturalizando su esencia, porque como se dijo, uno de los elementos primordiales que caracterizan y es inherente al fundamento mismo del amparo, es la inmediatez de la protección jurídica que se busca; sin embargo, las  recurrentes no han cumplido con este requisito de buscar la protección jurídica inmediata, inviabilizando, por extemporánea, la aplicación de la garantía prevista en el art. 19 de la CPE.