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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2004-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0756/2004-R

    Fecha: 14-May-2004

    III.2.

    III.2.  En el nuevo sistema procesal penal boliviano, el Juez Cautelar tiene el control de la investigación, conforme señala el art. 54 del CPP, para lo que, según el inciso segundo de esa norma, tiene la facultad de emitir las resoluciones jurisdiccionales que correspondan durante la etapa preparatoria, cuya dirección, conforme al art. 70 del CPP, corresponde  al Ministerio Público.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1.   Hechos que motivan el recurso
    • a)
    • procedente
    • I.3.Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • III.3.
    • III.4.
    • Fragmento 15

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