SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0763/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0763/2004-R

Fecha: 17-May-2004

III.            FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

       El recurrente sostiene que  contra su hijo Roberto Vera Terceros, se instauraron dos procesos ejecutivos: el primero seguido por  María Lourdes Nogales que concluyó con el remate de su bien inmueble que autorizó sea otorgado en garantía del préstamo dado a su hijo, cuyo monto al exceder la suma perseguida fue depositado por la adjudicataria ($US.10.097.50) en el Juzgado Quinto de Partido en lo Civil; y el segundo que se encuentra en trámite en el Juzgado Octavo de Instrucción en lo Civil seguido por Marcelino Delgado Yanque, dentro del cual indebidamente el Juez de la causa ordenó la retención del dinero depositado en el primer juicio, sin que sea parte del mismo, por lo que solicitó la nulidad de obrados y que dicha medida se la deje sin efecto, petición que mereció el Auto de 10 de febrero de 2004 que anuló obrados sin pronunciarse expresamente sobre la retención del dinero por no ser preciso; empero a solicitud del ejecutante y no obstante la nulidad declarada el recurrido ha ordenado subsista la retención en aplicación del art. 505 del CPC,  vulnerando de esta manera su derecho sobre el dinero de su propiedad, afectando el debido proceso al no haber sido demandado ni oído ni juzgado, para disponer la retención de su dinero como medida  preventiva. Por consiguiente, corresponde determinar en revisión, si tales extremos son ciertos y si se justifica otorgar la tutela que brinda el art. 19 de la CPE.