SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2004-R

Fecha: 17-May-2004

I.2.2                Informe de las autoridades recurridas

El Fiscal recurrido señaló que no es evidente lo reclamado por el actor, toda vez que en su declaración informativa consta que se le informó que está sometido a investigación por la presunta comisión del delito de tráfico de sustancias controladas y él afirmó que declaraba en forma voluntaria, sin ninguna presión. Por otra parte, hizo notar que cuando se lo requisó respondió al nombre de Julián Toledo y no al nombre que utiliza para presentar este recurso, además del informe del asignado al caso se establece que opuso resistencia para ser conducido a UMOPAR. La ley permite que cuando hay flagrancia, puede la policía, por mandato fiscal, o un ciudadano conducir al imputado ante la autoridad competente dentro de las siguientes ocho horas, y esa norma fue cumplida por el Ministerio Público, constando asimismo, que en mérito a que el actor no cumplió con las medidas sustitutivas que favorecían su libertad, al no haber pagado la fianza ni cumplido con el arraigo, pidió la revocatoria de dichas medidas y la detención preventiva del recurrente; solicitud a la que el Juez Cautelar dio curso mediante Auto motivado.