Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0768/2004-R
Fecha: 17-May-2004
sin importar que hubiera cesado la persecución o detención ilegal
Conforme al entendimiento aludido, en el recurso de hábeas corpus se debe analizar la existencia de lesiones al derecho a la libertad del recurrente, sin importar que hubiera cesado la persecución o detención ilegal; por lo mismo, ese análisis debe ser realizado aún cuando el recurrente hubiere sido remitido ante otra autoridad y ésta le hubiera impuesto una medida restrictiva de la libertad en forma legal. En consecuencia, en el caso analizado, no existe impedimento para determinar si la actuación de las autoridades recurridas se ajustó a la ley o más bien privó ilegalmente de libertad al actor.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- procedente
- II.1.
- II.2.
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- ,
- III.1.
- SC 327/2004-R, de 10 de marzo
- sin importar que hubiera cesado la persecución o detención ilegal
- III.2.
- en casos de flagrancia se pueden obviar las formalidades
- III.3.
- III.4.
- APRUEBA