Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2004-R
Fecha: 26-May-2004
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV y 120.7ª de la CPE y arts. 7.8) y 102.V de la LTC, en revisión resuelve: APROBAR, con los fundamentos precedentes, la Resolución de fs. 36 vta a 37 pronunciada el 5 de marzo de 2004 por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz.
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.2 Informe del recurrido
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- el poder correspondiente, en el que debía constar inexcusablemente el acta de constitución de la sociedad, la nómina de socios, su inscripción al registro de Comercio, su personería jurídica y sus Reglamentos
- III.3
- III.4
- APROBAR