Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0788/2004-R
Fecha: 26-May-2004
II.1
II.1 El 1 de diciembre de 2002, “Almacenes Internacionales S.A. (RAISA)” y la empresa agroindustrial “La Chonta” suscribieron un contrato de depósito de mercaderías en almacenes generales y su complementario de concesión de derecho de uso, administración y custodia, en cuya cláusula cuarta, punto 4.9 de éste último se establece que “RAISA se reserva el derecho de trasladar a otros depósitos la totalidad o parte de las mercaderías depositadas en el 'recinto' sin necesidad de autorización del cliente y/o sus comisionados, los que no podrán oponerse por motivo alguno a la determinación de RAISA (…)” (fs. 6 a 8).
- recurso
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.2 Informe del recurrido
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- el poder correspondiente, en el que debía constar inexcusablemente el acta de constitución de la sociedad, la nómina de socios, su inscripción al registro de Comercio, su personería jurídica y sus Reglamentos
- III.3
- III.4
- APROBAR