SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0790/2004-R
Fecha: 26-May-2004
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 13 de febrero de 2004 (fs. 75 a 82), el recurrente manifiesta que en vida, su padre Isidoro Villagómez Rocha, adquirió dos fundos de diferentes personas en 1963 y 1964, los mismos que fueron unificados a efectos de su urbanización en 1977; que en septiembre de ese año (1977), una parte de esa propiedad fue transferida a CONVIFACG, aunque poco después (noviembre de 1977) un grupo de 100 personas, encabezado por Herminio Menacho Aponte, irrumpieron en los terrenos de su padre, robando ganado y causando una serie de destrozos.
Señala que respecto al citado terreno, el mencionado loteador Herminio Menacho Aponte, instauró contra sus padres dos procesos ordinarios sobre mejor derecho de propiedad y venta forzosa de ese predio; que por Sentencias dictadas en 1979 y 1983, en ambos procesos se declaró improbadas las demandas y probadas las reconvencionales, fallos que fueron confirmados en apelación por Autos de Vista de 1980 y 1998, respectivamente.
Agrega que el Juez Segundo de Partido en lo Civil, con el fin de hacer cumplir el fallo pronunciado en 1998, libró mandamiento de desapoderamiento contra los asentados en el citado inmueble, entre ellos, contra Juvenal Machicado Barra, con el propósito de recuperar el terreno a favor del recurrente; que una vez presentadas las solicitudes de exclusión del proceso que interpusieron algunos de los asentados, se dictaron diversas resoluciones contradictorias y que ante la excusa del Juez de la causa, el proceso pasó a conocimiento del Juez Tercero de Partido en Civil y Comercial, quien por Auto de 11 de marzo de 2002 le conminó a que restituya a Juvenal Machicado Barra el terreno de referencia que el anterior Juez le entregó, sin que exista razón lógica, ni legal, para exigirle que devuelva un bien que le pertenece, existiendo cosa juzgada respecto al mejor derecho de propiedad, pero pese a ello, se expidió mandamiento de desapoderamiento, el mismo que fue ejecutado en la víspera con la ayuda de la fuerza pública.