SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0793/2004
Fecha: 21-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente solicita tutela a sus derechos, a la dignidad, al trabajo, al debido proceso y a ser elegido; consagrados en los arts. 6.II, 7 inc. d), 16.II y IV y 221 de la CPE, vulnerados por la recurrida, ya que luego de haber sido elegido como presidente del Comité de Vigilancia del Municipio de Cobija, se revoca su mandato sin el procedimiento establecido para ello, en una reunión dirigida por la recurrida, acto que considera ilegal y lesivo de los derechos fundamentales referidos. En consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de alguno de los derechos fundamentales del recurrente, si para su protección o reclamo existían otras vías y si el presente recurso presentado, respeta la inmediatez del mismo; a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.