Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0817/2004-R
Fecha: 21-May-2004
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente solicita tutela a sus derechos al trabajo y al debido proceso, consagrados por las normas de los arts. 7 inc. d y 16 de la CPE, dado que en el sumario interno llevado a cabo por la sumariante de ECOBOL en su contra, se le aplicó una sanción incongruente con la falta, destituyéndola de su fuente de trabajo indebidamente; en consecuencia, en revisión de la resolución del Tribunal de amparo, corresponde dilucidar si tales extremos son evidentes y si constituyen un acto ilegal lesivo de alguno de los derechos fundamentales de la recurrente, y si el recurso cumple con el requisito de inmediatez; a fin de otorgar o negar la tutela solicitada.