SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2004-R

Fecha: 26-May-2004

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Su hijo y representado estando cursando el cuarto año como Caballero Cadete del Colegio Militar fue dado de baja definitiva sin derecho a reincorporación, mediante Orden del Día publicada en el tablero el 20 de octubre de 2003, por infracción al Reglamento de Evaluación y Aprendizaje, aduciéndose un supuesto “intento de fraude a exámenes”, los cual habría sido determinado por Resolución 034/03 del Consejo que no fue dada a conocer en forma pública, por lo que desconoce su contenido, siendo sancionado en base a un simple informe o acta levantada por el Oficial Evaluador, quien presuntamente le sorprendió en dicha conducta.

Aduce que existiendo graves infracciones a los Reglamentos, el 10 de noviembre solicitó su reincorporación para que repitiera nuevamente el curso, lo cual fue aceptado por el Consejo Superior de Estudios, reunido para dicho efecto a la cabeza de su Presidente que es a la vez el Comandante del Colegio Militar, lo que se hizo conocer mediante Orden del Día 221/03 de 27 de noviembre, indicando que la reincorporación se la efectuaba en virtud de las Resoluciones 036 y 040/03, cuyo contenido desconoce; empero, habiendo sido nombrado un nuevo Comandante, el Consejo de oficio revisó lo determinado y el 19 de enero de 2004 hizo conocer a su representado que por Resolución 001/04 se ha dispuesto su baja sin derecho a reincorporación, lo cual representó solicitando la ratificación de la anterior Resolución que fue negada mediante nota de 16 de febrero de 2004, en la que se detallan todas las faltas que habría cometido su hijo durante los cuatro años.

Añade que habiendo solicitado mediante orden judicial fotocopias legalizadas de la documentación relativa a la baja de su hijo, se indicó que la misma tiene “carácter secreto e inviolable” conforme al art. 98 de la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas (LOFA), por el contrario su esposo, quien obtuvo fotocopias simples de algunos documentos fue conminado a prestar informe al respecto.