Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0823/2004-R
Fecha: 26-May-2004
II.6
II.6 Por escrito de 13 de febrero de 2004 dirigido al Comandante del Colegio Militar, la recurrente reitera su solicitud de reincorporación de su hijo (fs. 8). Por oficio de 16 de febrero de 2004, dicha autoridad responde señalando que el Consejo Superior ha declarado improcedente su solicitud en razón a los antecedentes que motivaron su baja y que se detallan en la indicada nota (fs. 9).