SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0835/2004-R

Fecha: 01-Jun-2004

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Dentro del proceso penal que se sigue a su representado, el 12 de abril de 2004, la Jueza recurrida concedió la cesación de su detención preventiva, aplicándole, entre otras medidas, la presentación de dos garantes personales y el arraigo indicando al efecto que debía ser tramitado con prohibición de salir del Departamento de Cochabamba, pese a que no existe el arraigo departamental; pero a fin de viabilizar el beneficio, solicitaron se oficie a la Oficina de Migración, habiendo el día de presentación de este recurso a hrs. 15:00, presentado el segundo garante y también la boleta y orden de arraigo expedida por la oficina de Migración, que acreditan el inicio del trámite; sin embargo, la recurrida lejos de ordenar la libertad física del imputado, toda vez que ya se encontraba otorgada la fianza, en forma errónea no la ordenó argumentando que previamente se debía adjuntar el certificado de arraigo; cuando un trámite netamente administrativo no puede argumentarse para inviabilizar la obtención de la citada libertad, por lo que interpone el presente recurso.