SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0855/2004-R
Fecha: 03-Jun-2004
III.3
III.3 Por otra parte, con referencia al mandamiento de lanzamiento librado por el Juez de la causa, el recurrente sin antes haber agotado los medios a su alcance, es decir, acudir ante la misma autoridad que ordenó y libró el mandamiento de desapoderamiento, e impugnar u observar ante ella las imprecisiones que acusa, acudió directamente al amparo constitucional, desnaturalizando este recurso extraordinario instituido por el art. 19 de la CPE del cual como se señaló, una de sus características es la subsidiariedad, entendida como el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso, sea administrativo o judicial, donde se acusa la vulneración de los derechos y garantías constitucionales presuntamente vulnerados.