SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0859/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0859/2004-R

Fecha: 07-Jun-2004

II.7.

II.7.   Por nota CITE GRZGR-095/04 la Aduana en respuesta a la certificación de 3 de febrero de 2004 y fotocopia legalizada del Oficio 429/03 librados por el Juez Cuarto de Partido en lo Penal, informa que Cresencio Andrade Fernández, no se encuentra identificado en el Acta de Intervención, que en el transcurso del proceso penal el Sr. Andrade no se presentó ante el Juez para reclamar la propiedad de los camiones y que además, se apersonó dos meses y cuatro días después del plazo establecido en la Norma para ponerse a derecho, por consiguiente la Aduana se vio imposibilitada de dar cumplimiento a la nacionalización de los citados  motorizados a favor de Cresencio Andrade Fernández. Respaldando su decisión en el informe de la Unidad Legal 19/04, de 11 de febrero de 2004 (fs 128 a 129).