Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.4
II.4 Por Auto de 30 de diciembre de 2002, el Juez de Partido recurrido declaró probada la tercería (fs. 132 a 133); Resolución que en apelación fue confirmada por los vocales co-recurridos mediante Auto de Vista de 4 de agosto de 2003 (fs. 173 a 174), notificado al ahora recurrente el 22 del mismo mes y año (fs. 175).