Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0889/2004-R
Fecha: 08-Jun-2004
II.6
II.6 El 16 de septiembre de 2003, los terceristas solicitaron el desembargo y desgravamen del inmueble “en los asientos B-1, B-3 y B-6 de la Matrícula Nº 7.01.1.99.0011824” (fs. 178), en vista de lo cual el Juez recurrido mediante proveído de 18 de octubre de 2003 ordenó la cancelación “de la anotación preventiva que pesa sobre las mejoras y construcciones registradas a fs. 964 Nº 943 del registro de propiedad de fecha 24 de junio de 1974” (fs. 186).