SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2004-R

Fecha: 15-Jun-2004

I.1.1 Hechos que motivan el recurso

Como socia del Sindicato Mixto de Transportistas Nuestra Señora de Urqupiña Línea 7, fue autorizada por el Secretario General para realizar cambio de herramienta, por lo que en el plazo que le dieron procedió a transferir su vehículo y adquirir otro, sin embargo de ello mediante memorando de 15 de noviembre de 2003 le comunicaron que perdió sus derechos sindicales, hecho que fue reclamado por su persona ante el Tribunal de Honor de su Sindicato el que confirmó la decisión, apelando por ello ante los recurridos, quienes mediante Resolución de 13 de febrero de 2004 también ratificaron la Resolución impugnada declarándola ejecutoriada, sin tener atribución para ello, ya que el art. 79 del Estatuto de la Confederación de Chóferes de Bolivia expresa la posibilidad de apelación ante el Tribunal de Honor Nacional y en última instancia ante el Congreso Ordinario Nacional, instancias que le fueron negadas, vulnerándose sus derechos al trabajo y a una vida digna y la garantía del debido proceso, por cuanto se le ha quitado el derecho a la línea -que tiene un valor de $US 3.000- ignorándose que el Estatuto del Sindicato en ninguna de sus normas posibilita esta sanción, por lo que recurre de tutela constitucional.