SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0908/2004-R

Fecha: 15-Jun-2004

II.9.

II.9.    El 13 de febrero de 2004, el Tribunal de Honor de la Federación Departamental del Autotransporte de Cochabamba, considerando el art. 43 del Estatuto Orgánico del Sindicato Mixto de Transportistas Nuestra Señora de Urqupiña línea 7, confirmó la Resolución de 14 de febrero de 2003, lo que motivó que el 20 de febrero de 2004, la recurrente pidiera se remitan obrados a conocimiento de la Confederación del Autotransporte, a efectos de agotar recursos, a lo que ese Tribunal mediante decreto sin fecha, rechazó la solicitud de remisión del expediente a la Confederación Sindical de Chóferes de Bolivia, por que el art. 79 de su Estatuto dispone solo dos instancias para la sustanciación de los procesos, y declaró ejecutoriada la resolución de 13 de febrero de 2004 (fs. 11-13).