SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0918/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0918/2004-R

Fecha: 16-Jun-2004

recurso jerárquico

Según el art. 141 de la LM el recurso jerárquico se interpondrá ante la autoridad administrativa que resolvió el recurso de revocatoria, dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes a su notificación. El recurso deberá elevarse, en el plazo de tres días hábiles de haber sido interpuesto ante la autoridad jerárquica superior, la misma que tendrá un plazo de quince días hábiles para su resolución confirmatoria o revocatoria. Si vencido dicho plazo no se dictara resolución, ésta se la tendrá por denegada, pudiendo el interesado acudir a la vía judicial.