SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0923/2004-R

Fecha: 11-Jun-2004

II.8.

II.8.   Mediante escrito dirigido a la Alcaldesa de 3 de febrero de 2004, cuya suma señala “reposición”,  el recurrente, asumiendo el “acta de clausura” como una resolución por presunta infracción al art. 57, acápite 2, inciso i) del Reglamento, cuando él desarrolla sus actividades en virtud al Padrón Municipal que se le extendió y certificados de pago de patente de funcionamiento al día, interpone recurso de revocatoria contra la clausura por la cual se dispuso el cierre de su local (fs. 4 a 5). El recurrente anuncia que “a partir de ese instante el fallo de la clausura queda provisionalmente privado de sus efectos” (sic.); en la misma fecha se procedió a la intervención con la ayuda de la fuerza pública procediendo al decomiso de los bienes según afirma el abogado Milton Rojas  en audiencia.