SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0925/2004-R
Fecha: 15-Jun-2004
procedente
Por Resolución cursante de fs. 102 a 104, se declaró procedente el recurso en lo referente al derecho de petición, con la siguiente fundamentación: 1) mediante contratos de 1 de agosto de 2003 y 8 de mayo del mismo año, se contrataron los servicios de los recurrentes por el tiempo de un año para que desempeñen las funciones de abogados de planta; 2) mediante memorándums de 16 de febrero de 2004, se agradeció a los actores por los servicios prestados, cuando ambos contratos aún estaban vigentes; 3) los recurrentes solicitaron a la autoridad recurrida su reincorporación a sus fuentes de trabajo, sin haber merecido respuesta en tiempo oportuno, lo que importa vulneración al derecho de petición.