Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0973/2004-R
Fecha: 23-Jun-2004
II.2.
II.2. A través del memorial presentado el 3 de febrero de 2004, la recurrente solicitó al Concejo Municipal de San Ignacio de Moxos la revocatoria de la Resolución 01/2004 (fs. 53 vta.) y mediante oficio de 17 del mismo mes, las autoridades recurridas comunicaron a la actora que el Concejo Municipal desestimó su solicitud por las razones contenidas en la Resolución Municipal 06/2004, habiéndose corregido el error respecto a que no se trata de la anulación de ninguna patente, sino de anular la licencia de funcionamiento de la ONG CIPCA, mientras persistan las causas que dieron origen a tomar esta determinación (fs. 51 a 52).